Auto Supremo AS/0882/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0882/2016

Fecha: 26-Jul-2016

Y en lo atinente a la omisión de pronunciamiento del precepto Constitucional, siguiendo el entendimiento

Y en lo atinente a la omisión de pronunciamiento del precepto Constitucional, siguiendo el entendimiento asumido y expuesto supra, del contenido del Auto de Vista 20 de julio de 2015 se advierte que en cuanto a ese reclamo concluye señalando que en la presente causa: “la misma no vulnera ningún derecho, garantía procesal civil o constitucional del recurrente y toda vez que se ha respetado el debido proceso, y que tampoco no se ha demostrado la causa de la nulidad demandada, es por estas razones fácticas, procesales y jurídicas que corresponde confirmar totalmente la sentencia…” (Sic.), del contexto de la Resolución citada puede apreciarse que la misma analizando vulneraciones a preceptos constitucionales ha concluido, en que no se ha vulnerado ninguno, no resultando evidente la afirmación acusada, al margen si a criterio del recurrente existió omisión de pronunciamiento, estaba en la obligación de solicitar la complementación de ese punto, de acuerdo a lo desglosado en el punto III.1, extremo que no aconteció, haciendo inviable su reclamo