Auto Supremo AS/0910/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0910/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Fondo

Fondo:
Acusa que en relación a lo señalado en el Testamento, la recurrente se encontraría en la obligación de desmentir dichos argumentos que no serían ciertos, ya que más al contrario su persona siempre habría estado pendiente de su señor padre, pero lamentablemente se habría conocido con su última cónyuge momento en que este habría empezado a cambiar con su persona ya que el siempre habría estado contento con ella, por lo cual debe desmentir las falacias indicadas por los demandantes; al respecto se debe precisar que en este punto la recurrente se limita a exponer que los argumentos sostenidos en la demanda y el testamento no serían evidentes, por lo cual debe desmentir dichos extremos argumentos que sin duda no constituye un reclamo de casación, que acuse el perjuicio que habría sufrido la recurrente con un actuado procesal o fundamento de fondo de la resolución recurrida.
En cuanto a que no existiría una correcta valoración, de todo lo cursante en el expediente, ya que entendiéndose que la acción de desheredación debe proceder conforme mandan los arts. 1176 y 1177 del C.C., aclarando que el testamento seria viciado de nulidad procesal por que no se adecuaría a lo dispuesto por los artículos antes citados; ya que las garantías suscritas ante las oficinas de la Policía nacional Nº 3 de fecha 14 de abril de 2005 se habrían otorgado en forma recíproca, pero sin embargo la Juez haría ver como que su persona habría garantizado; y las atestaciones de los testigos de cargo no serían uniformes como señalan en Sentencia, pues estos nunca habrían visto, oído o escuchado que su persona agredió físicamente a su padre, teniendo en cuenta que solo se basaron en cuentos y comentarios pero ninguno aseguraría haber visto las supuestas agresiones