Auto Supremo AS/0910/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0910/2016

Fecha: 27-Jul-2016

II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Deducido el recurso de apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 209/2015 confirmo la Sentencia Apelada señalando que la parte demándate ha cumplido con la carga procesal de demostrar su acción postulada, dado que ha presentado el testamento de fs. 58 a 59 que otorga Isidro Mamani Condori a favor de sus herederos, extremo corroborado por las declaraciones testificales de cargo y las denuncias realizadas por el de cujus en el que señala que ha sido objeto de malos tratos al extremo de amenazarlo de muerte, por otra parte la demandada no habría demostrado que el de cujus a tiempo de realizar su testamento, tenía aun la posibilidad física del testamento, por otra parte preciso que en Autos solo se admitió la demanda de desheredación y no de indignidad extremo que también fue advertido por la parte demandada quien respondió solo a la demanda de desheredación motivo por el cual no se tomó como punto de hecho aprobar lo referente a la indignidad.
En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandada interpuso recurso de casación, mismo que se pasa a analizar:
II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Que en relación a lo señalado en el Testamento, la recurrente se encontraría en la obligación de desmentir dichos argumentos que no serían ciertos, ya que más al contrario su persona siempre habría estado pendiente de su señor padre, pero lamentablemente se habría conocido con su última cónyuge momento en que este habría empezado a cambiar con su persona ya que el siempre haría estado contento con ella, por lo cual debe desmentir las falacias indicadas por los demandantes y que de no haber tenido acervo patrimonial su padre no estarían sucediendo estas controversias jurídicas