Auto Supremo AS/0914/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0914/2016

Fecha: 27-Jul-2016

De la revisión del proceso se establece que la demandante Catalina Cantuta de Flores en

De la revisión del proceso se establece que la demandante Catalina Cantuta de Flores en el planteamiento de su demanda, específicamente en el memorial que subsana la demanda cursante a fs. 47 y vta., solicito que se considere la reparación de daños y perjuicios ocasionados a su persona y que se le restituya el bien inmueble que actualmente posee el demandado Esteban Samos; de lo que se establece que la demandante solicito al Juez de la causa que se le otorgue la reparación daños y perjuicios, pretensión que formaba parte de la demanda de reivindicación interpuesta, no siendo evidente que los Tribunales de Alzada se habrían pronunciado fuera del marco establecido en el planteamiento de la demanda, menos que hubieran otorgado más allá de lo pedido. Asimismo los Tribunales de instancia determinaron que los daños y perjuicios ocasionados a la demandante sean averiguables en ejecución de sentencia, etapa procesal que calificará el monto especifico a los cuales ascienden los mismos. De lo expresado se establece que el Tribunal Ad quem no se pronunció fuera del marco establecido por el art. 190 del Código de Procedimiento Civil y tampoco que la resolución fuera extra petita, porque se pronunció dentro del marco expuesto en la pretensión de la demanda