Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0232/2016
Fecha: 03-Ago-2016
I.2. AUTO DE VISTA
I.2. AUTO DE VISTA
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Auto Supremo Nº 232/2016
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Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ.100/2016
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Distrito: Chuquisaca
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Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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I.1.- SENTENCIA
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Por memorial de fojas 1 a 4, María del Carmen Carvajal Chumacero, demandó el pago
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Tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Tercero de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo
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I.2. AUTO DE VISTA
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Una vez que fue debidamente notificada la sentencia, el demandado, Juan Alejandro Carvajal Pimentel, a
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Que, contra el referido Auto de Vista, el demandante antes nombrado, dedujo recurso de casación
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II
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Petitorio
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II. 2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACION EN EL FONDO
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El recurrente refiere que para el inesperado caso de que el recurso de casación en
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Notificada la demandante con el proveído de “Traslado” con el recurso en estudio (fs
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IV. 1. DE LAS VULNERACIONES DENUNCIADAS
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Tal como fue planteado el recurso en estudio, corresponde ingresar al análisis y fundamentación
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IV
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En suma, la consideración aislada de esta única prueba (confesión provocada), no habría contribuido de
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Consecuentemente, el tribunal ad-quem, dio cabal aplicación a la norma procedimental civil, cuya violación se
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Ahora bien, el fundamento que consta en los puntos precedentes, no dan lugar a determinar
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A mayor abundamiento, siempre sobre el tema de la Nulidad, el tratadista Victor de Santo
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En consecuencia, al no existir tanto en la sentencia de primer grado cuanto en la
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IV.2. En relación al recurso de casación en el fondo
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El recurrente denunció: a) La violación del art
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Estos puntos han de ser considerados por el Tribunal Supremo de Justicia únicamente por que
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Es importante señalar, que el trabajo por constituir la base del orden social y económico
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Sobre los principios protectores que rigen en materia social es precisamente que ha sido concebido
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A mayor abundamiento, debe considerarse un aspecto principal sobre el que los Jueces de Instancia
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V
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Que, el análisis precedente permite concluir que las infracciones acusadas por el demandado en el
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Finalmente, se concluye que el Auto de Vista, objeto del recurso de casación, se ajusta
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POR TANTO
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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