Auto Supremo AS/0249/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2016

Fecha: 22-Ago-2016

Añade que el juez de primer grado arribó a una convicción falsa sobre la existencia

Añade que el juez de primer grado arribó a una convicción falsa sobre la existencia de una relación laboral entre las partes, únicamente en base a la Cite DRH-092/2012, de agradecimiento de servicios y comunicado interno DRH/ARCH/072/2012 y las boletas de remuneración, sin considerar que la demandante no gozaba de la protección de la Ley General del Trabajo (LGT) por ser personal de confianza. Al efecto cita la Sentencia Constitucional (SC) 0510/2011 -R de 25 de abril, en la que se señala que los empleados de confianza no gozan de inamovilidad funcionaría, máxime si la trabajadora no fue incorporada al trabajo a través de una convocatoria interna o externa, desempeñando las funciones de personal de confianza del Presidente del Consejo de Administración de COTEL La Paz