Con los fundamentos anotados solicita que de conformidad a los arts
Con los fundamentos anotados solicita que de conformidad a los arts. 210 del CPT, 250 del CPC de 1975, se emita Auto Supremo (AS) que: "disponga la nulidad de la sentencia 141/2014 de 19 de agosto de 2014 y el consecuente Auto de Vista 45/15 de fecha 28 de abril de 2015, por io cual se debe declarar improbada la demanda” (sic)
- Auto Supremo N° 249/2016
- Sucre, 22 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.381/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Partido de Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Que, contra el referido auto de vista, Fernando Molina Rivera, en representación legal de la
- Añade que el juez de primer grado arribó a una convicción falsa sobre la existencia
- En relación al tiempo de servicio, indicó que no se realizó una adecuada valoración de
- Refirió que las autoridades no se percataron que la relación con la parte actora deviene
- Finalmente señaló en relación al pago de aguinaldo que, en virtud a que la trabajadora
- Con los fundamentos anotados solicita que de conformidad a los arts
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de
- empero no menciona que ley fue violada o interpretada de manera errónea por los jueces
- A fin indicado, refiriéndonos a la Violación a la Ley, se tiene que el recurrente
- En efecto, las normas citadas otorgan al juzgador en materia social una potestad facultativa, más
- Ahora bien, tratándose siempre de la violación a la ley, siguiendo al autor Pastor Ortiz
- En cuanto a la interpretación errónea en que habrían incurrido los jueces de grado, siguiendo
- Respecto a los otros aspectos referidos en el recurso, sobre los documentos (notas Cite DRH-092/2012
- lo que la pretensión del recurrente para rever la documentación presentada en primera instancia, resulta
- Por lo expuesto, no son evidentes las transgresiones denunciadas por el representante de la entidad
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario del profesional abogado de la demandante por haber contestado el recurso,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
