Auto Supremo AS/0270/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0270/2016

Fecha: 23-Ago-2016

En relación a las vacaciones, el auto de vista impugnado dispuso la no correspondencia su

En relación a las vacaciones, el auto de vista impugnado dispuso la no correspondencia su pago por las gestiones anteriores a las dos últimas trabajadas por el actor, conforme al art. 33 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT); aspecto que implicaría errónea interpretación de la norma y primacía de la CPE, estipulado en el art. 48 del mismo cuerpo legal y; toda vez que, esta norma fue aprobada en febrero de 2009, se debe considerar la imprescriptibilidad de derechos desde la gestión 2007 y en aplicación del principio in dubio pro operario en su condición de norma más favorable que no fueron aplicados por el a quo