Auto Supremo AS/0272/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2016

Fecha: 23-Ago-2016

En relación a la prescripción, señala que existe una evidente “interpretación errónea” en cuanto a

En relación a la prescripción, señala que existe una evidente “interpretación errónea” en cuanto a las normas aplicables vinculadas al instituto de la prescripción, pues al presentar el memorial de respuesta se señaló que el art. 1492 del Código Civil (CC) establece que los derechos se extinguen por la prescripción cuando su titular no los ejerce durante el tiempo que determina la Ley. Que en el caso presente se operó la prescripción para el SENASIR para cobrar los aportes patronales que conforme tienen demostrado fueron pagados oportunamente hace 25 años, pero que aún así, en el caso de que persistieran habrían prescrito completamente por el largo tiempo transcurrido, pero que a pesar de ello pretenden ser cobrados “fraudulentamente” por segunda vez