Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0588/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0588/2016-RA

    Fecha: 03-Ago-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de mayo de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Pedro Copa Machaca, interpuso recurso de apelación restringida
    • c) Por diligencia de 13 de mayo de 2016 (fs
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2) En su recurso de apelación restringida denunció el defecto de Sentencia previsto en el
    • 3) También denuncian la falta de pronunciamiento al tercer motivo de su apelación, porque
    • 4) Por último, alega que en el Auto de Vista recurrido no se hizo constar
    • III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En el caso de autos, se establece que el 13 de mayo de 2016, fue
    • En cuanto a los demás requisitos se evidencia que el recurrente en el primer motivo
    • En el punto a) refiere que se vulneró los arts
    • En relación al punto b) en el cual el recurrente denuncia que el Tribunal de
    • Respecto a la problemática planteada en el punto c), referida al incumplimiento a lo dispuesto
    • embargo, no los vincula al caso concreto, limitándose a efectuar una breve transcripción de los
    • Ahora bien, este Tribunal no puede soslayar que en el presente motivo de forma clara
    • En cuanto al tercer motivo, se tiene que el recurrente denuncia la falta de pronunciamiento
    • Por último, sujeto a análisis el cuarto motivo, se verifica que el recurrente denuncia que
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca