Auto Supremo AS/0588/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2016-RA

Fecha: 03-Ago-2016

En cuanto al tercer motivo, se tiene que el recurrente denuncia la falta de pronunciamiento


En cuanto al tercer motivo, se tiene que el recurrente denuncia la falta de pronunciamiento al tercer motivo de su apelación alegando que no fue respondido en el Auto de Vista recurrido siendo ignorado deliberadamente lo cual viola su derecho a la defensa ya que conforme a señalado la jurisprudencia a través del Auto Supremo 152 de 20 de junio de 2012, la falta de resolución de todos los extremos o puntos apelados, constituye una vulneración al debido proceso y atenta contra del legítimo derecho a la defensa y al principio de seguridad jurídica establecido en los arts. 115, 117, 119, 178 y 180 de la CPE y al derecho de impugnación previo en el art. 180.II) de la CPE. Al respecto, se tiene el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, correspondiendo el análisis de fondo de este motivo