Auto Supremo AS/0588/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2016-RA

Fecha: 03-Ago-2016

3) También denuncian la falta de pronunciamiento al tercer motivo de su apelación, porque


3) También denuncian la falta de pronunciamiento al tercer motivo de su apelación, porque no fue respondido en el Auto de Vista recurrido, siendo ignorado deliberadamente pese a que denunció el defecto de sentencia contenido en los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP: “La sentencia en su fundamentación es insuficiente contradictoria y defectuosa valoración de la prueba”, procediendo a identificar cuáles las pruebas denunciadas de contradictorias –declaraciones de los dos querellantes-, defectuosa valoración de las pruebas documentales, así como las partes en las que la sentencia incurrió en los defectos denunciados; sin embargo, este aspecto no fue resuelto en vulneración a su derecho a la defensa, ya que conforme lo señalado en el Auto Supremo 152 de 20 de junio de 2012, el no resolver todos los extremos o puntos apelados, constituye una vulneración al debido proceso y atenta contra del legítimo derecho a la defensa y al principio de seguridad jurídica, establecido en los arts. 115, 117, 119, 178 y 180 de la CPE y al derecho de impugnación previsto en el art. 180.II) de la CPE