Auto Supremo AS/0592/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

b) Como defecto inserto en el art


b) Como defecto inserto en el art. 370 inc. 6) el CPP, asevera que la Sentencia no menciona concretamente sobre qué hechos probados o no probados basa su fundamentación de hecho y de derecho y su resolución, a cuyo efecto realiza una descripción parcial del fundamento de la Sentencia. Asimismo, aduce que el Tribunal menciona en el punto b) del considerando I punto 2, que: “No puede malversarse bienes que no tiene destino asignado o han dejado de pertenecer al patrimonio del Estado” (sic), sobre lo que cuestiona: “acaso el patrimonio del Municipio no es del Estado??” (sic)