Auto Supremo AS/0592/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

iii) En lo que respecta al otro presupuesto contenido en el art


iii) En lo que respecta al otro presupuesto contenido en el art. 370 inc. 6) del Código antes citado, “valoración defectuosa de la prueba”, la apelante expresó que si bien en la Sentencia se hace un análisis de la prueba, pero no se hizo mención a cuál sería su valor probatorio concreto que habría merecido cada una de las pruebas, mencionando entre ellas las codificadas como MP-2, MP-3 y MP-4, el Tribunal consideró que no resulta evidente lo referido por la parte apelante; por cuanto, en la Sentencia se observa que el Tribunal le otorgó a cada una de las pruebas un valor probatorio específico, es así que en la redacción de la Sentencia observó que el Tribunal después de la valoración descriptiva de cada una de las pruebas documentales y testificales, colocaron un subtítulo de “valor probatorio”, en el cual de manera expresa señaló qué valor le otorgó a cada prueba en particular