Auto Supremo AS/0592/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

De dicho contenido se advierte que en el motivo de análisis, el recurrente aduce que


De dicho contenido se advierte que en el motivo de análisis, el recurrente aduce que el Tribunal de apelación no observó que su decisión, relativa a ordenar el reenvío del juicio, basada en el simple “hecho matemático” de que la falta de fundamentación fáctica impidió una fundamentación ideal intelectiva de la Sentencia, sin haberse referido a la trascendencia y el interés jurídico, difiere sustancialmente de los hechos que dieron lugar a la emisión del precedente invocado, por cuanto éste emergió del supuesto fáctico en el que el Auto de Vista recurrido, determinó dejar sin efecto la Sentencia y ordenar el reenvío con el argumento de que se efectuó la valoración de una prueba no introducida legalmente a juicio (un anticipo de prueba) y que se efectuaron consideraciones de hecho, no obstante que esa prueba de ninguna manera incidió en la decisión asumida por la Jueza de mérito, que asumió su determinación en el conjunto de la prueba cuestionada; en consecuencia, el recurrente no cumplió con la carga procesal asignada a él sobre la invocación de precedente contradictorio con similitud de situaciones fácticas con el Auto de Vista recurrido; ya que se reitera, la situación de hecho que originó el precedente invocado consistente en la defectuosa valoración de prueba que efectuó el Tribunal de mérito, lo que habría dado lugar a la decisión errada del Tribunal de apelación de entonces de ordenar el reenvío, no guarda relación alguna con el motivo de casación en el que la decisión del Tribunal de alzada se basó en el hecho de falta de fundamentación fáctica en la Sentencia, no siendo posible efectuar la labor de contraste atribuida a este Máximo Tribunal de Justicia, al no existir supuestos fácticos análogos entre el precedente invocado y la Resolución impugnada