Auto Supremo AS/0603/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0603/2016-RRC

Fecha: 10-Ago-2016

Conforme lo expuesto en el acápite I


Conforme lo expuesto en el acápite I.2 de la presente resolución, se establece que el recurrente denuncia que la Resolución impugnada, no cumple con los requisitos de ser expresa, clara y lógica, incurriendo en falta de fundamentación; al respecto, conforme la línea doctrinal expuesta en el precedente invocado por el recurrente, se tiene que una resolución debidamente fundamentada debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica, entendiéndose que el primer requisito, vale decir una resolución expresa, exige una conclusión razonada en las resoluciones judiciales, no pudiendo el administrador de justicia suplir esta exigencia con la remisión a otros actos o por una relación de la causa conforme el entendimiento del Auto Supremo 210/2015-RRC de 27 de marzo, que señaló: “Es importante que en el análisis de las circunstancias alegadas, para una mejor comprensión, el Tribunal realice una reseña de los hechos denunciados en contra de la Sentencia (motivos del recurso), sin que ello signifique todo el argumento del fallo, sino debe tener el debido cuidado de estructurar la Resolución, de forma tal que contenga: i) el objeto de impugnación (motivos del recurso); ii) las consideraciones argumentativas que servirán de sustento a la decisión final, es decir, fundamentación (normativa legal, doctrinal o jurisprudencial que respalda el fallo) y motivación (explicación clara, específica, completa, legítima y lógica del porqué la normativa o doctrina es aplicable al caso en concreto); iii) las conclusiones, que deben ser el fruto racional del análisis de las cuestionantes denunciadas, contrastadas con las actuaciones cursantes en el proceso y la normativa aplicable citada en el fallo, finalmente; iv) la parte resolutiva o dispositiva que debe ir en coherencia con lo analizado y las conclusiones arribadas (congruencia interna)” (El subrayado es nuestro)