Contra la mencionada Sentencia, la acusada Bertha Canaviri Choquechambi, interpuso recurso de apelación restringida, que
Contra la mencionada Sentencia, la acusada Bertha Canaviri Choquechambi, interpuso recurso de apelación restringida, que en lo que respecta al motivo a considerarse en casación denunció:
1) Existencia de errónea aplicación de la Ley sustantiva al haberse incurrido en el defecto de sentencia previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, procediendo a referirse a las declaraciones testificales, para indicar que el delito de Injuria consiste en lesionar a través de cualquier forma de modo directo o de una expresión la dignidad o decoro de una persona perjudicada en su reputación, la Injuria puede constituir en atribuir hechos inciertos a una persona; es decir, que se trata de deshonrar o desacreditar a una persona en su presencia y en el presente caso se hubiese dado contradicciones en la declaraciones y pese a ello el juez consideró que eran suficientes, sin tomar en cuenta que el delito de Injuria es material y no formal; por lo que, es necesario que exista el animus injuriandi. Continua señalando que el juez tenía la obligación de valorar íntegramente la prueba y definir si existió o no la voluntad dolosa de dañar la dignidad o decoro de la acusadora, ya que lo que existió fue una riña recíproca, argumentos que a decir de la recurrente establecerían la existencia de una errónea aplicación de la ley, invocando al respecto el Auto Supremo 212/2013-RRC de 27 de agosto, referido a los elementos configuradores del delito de Injuria
- Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Bertha Canaviri Choquechambi, interpuso recurso de apelación restringida
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 369/2016-RA de 23 de mayo,
- La recurrente denuncia que en el Auto de Vista impugnado, el Tribunal de alzada emitió
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se admita su recurso y se case el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 369/2016-RA de 23 de mayo, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
- Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de
- II.2.De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, la acusada Bertha Canaviri Choquechambi, interpuso recurso de apelación restringida, que
- 2) Falta de fundamentación de la Sentencia prevista en el art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto
- a) En cuanto al defecto previsto en el inc
- b) Respecto del defecto previsto en el art
- III.1. Respecto al principio de inmediación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Al haber establecido el Tribunal de Alzada que el Tribunal de instancia pronunció un fallo
- En conclusión, para llegar a determinar la correcta actuación del Tribunal de alzada en la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
