Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de
Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de Sica Sica del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a la imputada Bertha Canaviri Choquechambi, autora de la comisión del delito de Injuria previsto y sancionado por el art. 287 del CP, decisión asumida de acuerdo a los siguientes argumentos consignados en el acápite destinado a los fundamentos de hecho y de derecho:
“(…) del análisis de la prueba aportada al juicio oral y público se tiene que la ahora acusada Bertha Canaviri Choquechambi en fecha 16 de julio de 2014 al promediar las 7:30 pm. en circunstancias en que se encontraba transitando por el frontis del domicilio de la víctima Melania Mamani a consecuencia de un escupitajo al suelo realizado por esta última tuvo una confrontación verbal en la que se pudo establecer que el día y hora señalados la ciudadana Melania Mamani en forma pública y a viva voz y de modo directo fue víctima de ofensas en su dignidad y decoro, con palabras tales como `cochina´, puta, ese tu hijo no es para tu marido” palabras ofensivas realizadas en su contra por la acusada Bertha Canaviri Choquechambi quien por lo analizado precedentemente, se llega a la convicción de que adecuó su conducta a lo determinado por el art. 287 del Código Penal cometiendo el ilícito de Injurias, no habiendo sucedido lo mismo en cuanto a los delitos de Difamación (art. 282 CP) y Calumnia (art. 283 del CP), que no fueron probados
- Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Bertha Canaviri Choquechambi, interpuso recurso de apelación restringida
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 369/2016-RA de 23 de mayo,
- La recurrente denuncia que en el Auto de Vista impugnado, el Tribunal de alzada emitió
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se admita su recurso y se case el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 369/2016-RA de 23 de mayo, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
- Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de
- II.2.De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, la acusada Bertha Canaviri Choquechambi, interpuso recurso de apelación restringida, que
- 2) Falta de fundamentación de la Sentencia prevista en el art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto
- a) En cuanto al defecto previsto en el inc
- b) Respecto del defecto previsto en el art
- III.1. Respecto al principio de inmediación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Al haber establecido el Tribunal de Alzada que el Tribunal de instancia pronunció un fallo
- En conclusión, para llegar a determinar la correcta actuación del Tribunal de alzada en la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
