Auto Supremo AS/0649/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2016-RRC

Fecha: 24-Ago-2016

Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de


Por Sentencia 27/2015 de 13 de agosto, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de Sica Sica del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a la imputada Bertha Canaviri Choquechambi, autora de la comisión del delito de Injuria previsto y sancionado por el art. 287 del CP, decisión asumida de acuerdo a los siguientes argumentos consignados en el acápite destinado a los fundamentos de hecho y de derecho:

“(…) del análisis de la prueba aportada al juicio oral y público se tiene que la ahora acusada Bertha Canaviri Choquechambi en fecha 16 de julio de 2014 al promediar las 7:30 pm. en circunstancias en que se encontraba transitando por el frontis del domicilio de la víctima Melania Mamani a consecuencia de un escupitajo al suelo realizado por esta última tuvo una confrontación verbal en la que se pudo establecer que el día y hora señalados la ciudadana Melania Mamani en forma pública y a viva voz y de modo directo fue víctima de ofensas en su dignidad y decoro, con palabras tales como `cochina´, puta, ese tu hijo no es para tu marido” palabras ofensivas realizadas en su contra por la acusada Bertha Canaviri Choquechambi quien por lo analizado precedentemente, se llega a la convicción de que adecuó su conducta a lo determinado por el art. 287 del Código Penal cometiendo el ilícito de Injurias, no habiendo sucedido lo mismo en cuanto a los delitos de Difamación (art. 282 CP) y Calumnia (art. 283 del CP), que no fueron probados