Auto Supremo AS/0649/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2016-RRC

Fecha: 24-Ago-2016

II.3. Del Auto de Vista impugnado


3) Defectuosa valoración de la prueba, defecto descrito en el art. 370 inc. 6) del CPP, refiriendo que en la valoración de la prueba se deben aplicar las reglas de la sana crítica referidas al correcto entendimiento, en las que se tiene las reglas de la lógica y de la experiencia del Juez; en el presente caso, se vulneraron las reglas del correcto entendimiento humano, ya que una de las testigos de descargo hubiese señalado que se encontraba el día de los hechos y que no habían otras personas; invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 161/2012-RRC de 17 de julio, 179/2013-RRC de 27 de junio y 011/2013-RRC de 6 de febrero.

II.3. Del Auto de Vista impugnado