Auto Supremo AS/0922/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0922/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Deducido el recurso de apelación por la institución demandada y remitida la misma ante la

Deducido el recurso de apelación por la institución demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 199/2015 confirmo la Sentencia Apelada señalando que el A quo determino con claridad que los personeros del ente demandado actuaron con culpa ya que estos utilizaron, sin el consentimiento expreso delos actores, la suma equivalente a $us 120.000.- para pagar la acreencia sostenida por los esposos Arredondo es decir que los personeros del banco actuaron sin el debido cuidado y en tal consecuencia provocaron un daño misma que es traducida en la perdida de patrimonio, asimismo señalo que el hecho de que dichos funcionarios deban ser sometidos a proceso administrativo no tiene influencia en la presente causa, concluyendo que el A quo ha resulto el caso de autos con la debida pertinencia y acorde a pretensión opuesta por los demandantes