Auto Supremo AS/0677/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0677/2016-RA

Fecha: 12-Sep-2016

En cuanto al segundo motivo de casación, se advierte que la recurrente aduce falta de


En cuanto al segundo motivo de casación, se advierte que la recurrente aduce falta de fundamentación del Auto de Vista recurrido sobre su denuncia en apelación restringida de ausencia de una adecuada fundamentación probatoria intelectiva de la Sentencia; por cuanto, se limitó a fundamentar que“…la conducta materializada por la acusada, muestra obrar con mala fe sobre la cosa ajena, ya que a sabiendas que no era de su propiedad el bien inmueble entregó el departamento y ambientes a personas extraños en contrato anticrético, maliciosamente, para obtener ingresos económicos y usufrutuar en su provecho, arrendando un bien inmueble ajeno, sobre el que no tiene ningún derecho propietario para disponer menos arrendar el departamento entregado a Norma Colque Barrios de Almendras y Cecilia Almendras Colque, y ambientes de otro departamento a Erwing Adolfo Espinoza Morales como si fuera de su propiedad…” (sic), sin dar una respuesta objetiva ni establecer cuál juicio racional, basado en la sana crítica, justifica más allá de toda duda razonable, que la conducta probada en juicio oral en relación a su persona, se puede subsumir en la previsión legal contenida en el art. 337 del CP, puesto que como ya se expresó precedentemente ni en la Sentencia menos en el Auto de Vista se encuentran criterios sólidos que acrediten su participación en el hecho delictivo juzgado