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    Auto Supremo AS/0723/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0723/2016-RRC

    Fecha: 19-Sep-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 25 de abril de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 1/2015 de 20 de marzo (fs
    • b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Máxima Choque Poma, interpuso recurso de
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 514/2016-RA de 5 de julio,
    • 1) La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, distorsionó totalmente el sentido del fallo
    • 2) Bajo el título: “CONTRADICCION CON EL Auto Supremo 438/2005, QUE OBLIGA A UNA RESOLUCION
    • 3) También refiere que la Sentencia acudió a estimaciones subjetivas respecto de su revisión por
    • I.1.2. Petitorio
    • Solicita que se disponga la existencia de contradicción entre el Auto de Vista con los
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Por Sentencia 1/2015 de 20 de marzo, el Juez de Partido Ordinario de Sentencia en
    • b) En este caso, se da la figura de la legítima defensa en aplicación
    • c) Teniendo en cuenta la última parte del párrafo II del artículo ya mencionado, en
    • d) El hecho se calificó como Lesiones Leves, con cuatro días de impedimento conforme a
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra la precitada Sentencia, Máxima Choque Poma interpuso recurso de apelación restringida, argumentando los siguientes
    • ii) El inferior no aplicó correctamente las reglas de la sana crítica, lo que generó
    • iii) En Juez inferior en la parte dispositiva de la Sentencia señala que declara improbada
    • iv) El Juez de Sentencia absuelve al imputado por la insuficiencia de prueba con el
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • a) Respecto a los supuestos defectos de la Sentencia comprendidos en: inobservancia de la ley
    • d) El Tribunal de alzada observó que el recurso de apelación restringida interpuesto, no cumplió
    • En el presente recurso de casación se denuncia que el Tribunal de alzada: 1) Incurrió
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Orlando A
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
    • III.3. Labor del Tribunal de alzada respecto a la correcta valoración de la prueba
    • La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
    • Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
    • La recurrente denuncia la vulneración del debido proceso, en su vertiente de la debida y
    • De la misma forma se observa la parte pertinente del Auto de Vista con relación
    • III
    • En este motivo, la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado, no logró discernir
    • Analizado el precedente, corresponde contrastarlo con el Auto de Vista, con la finalidad de establecer
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Con relación a este motivo, la recurrente denuncia que ante su reclamo referido a que
    • Al respecto, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 200/2012-RRC de 24 de agosto, cuya
    • Se vulnera los derechos a la defensa y al debido proceso, reconocidos por el art
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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