Auto Supremo AS/0723/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0723/2016-RRC

Fecha: 19-Sep-2016

1) La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, distorsionó totalmente el sentido del fallo


1) La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, distorsionó totalmente el sentido del fallo de instancia; por cuanto, concluyó respecto a la valoración que el inferior otorgó al testimonio de Hilda Lobo de Calani que: “el Juez de Sentencia de Challapata realizó una valoración integral de todos los medios de prueba judicializados, documentales y testificales de cargo y descargo, para en definitiva concluir que el hecho fue un caso fortuito, así como en el caso se daría la figura de la Legítima Defensa…, pero que resultó insuficiente, habida cuenta que la prueba desplegada por el agente no encaja en la figura penal, por estar exenta de responsabilidad y ante la duda por demás razonable corresponde dar aplicación al principio jurídico del in dubio pro reo”; por lo que, el Tribunal de apelación efectuó una cita incorrecta de la sentencia, que en su punto 5 estableció: “…pero que resulta insuficiente, habida cuenta que la conducta desplegada por el agente no encaja en la figura penal, por estar excenta de responsabilidad”; entonces, el cambio de término de: “CONDUCTA DESPLEGADA” por “PRUEBA DESPLEGADA”, hace que el Auto de Vista recurrido distorsione el sentido del fallo de instancia, generando un acto vicioso que afecta el debido proceso en sus vertientes de tutela judicial efectiva, debido proceso en su vertiente de la debida fundamentación no distorsionada ni incongruente, incumpliendo con el control de legalidad, ya que contradijo la propia conclusión de la Sentencia