Auto Supremo AS/1051/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1051/2016

Fecha: 06-Sep-2016

Asimismo señala que a tiempo de responder a la demandada, si los recurrentes consideraban que

Asimismo señala que a tiempo de responder a la demandada, si los recurrentes consideraban que la parte demandante no tenía personería suficiente o que la misma no acreditaba su personería, debió ser observada de manera oportuna por los mecanismos que prevé la norma