Auto Supremo AS/1056/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1056/2016

Fecha: 06-Sep-2016

En el caso presente y como se tiene indicado, el Ministerio de Defensa aparece formando

En el caso presente y como se tiene indicado, el Ministerio de Defensa aparece formando parte del contrato de transferencia como Entidad vendedora cuyo acto jurídico se pretende dejar sin efecto, pretendiendo al mismo tiempo la usucapión decenal del inmueble; ante tales circunstancias y al haber sido también dirigida la demanda en contra de la nombra Entidad bajo la identificación de “tercero interesado” y admitida la misma con las pretensiones descritas, no es correcto que se le pretenda dejar a un lado, toda vez que la Constitución y la ley garantizan el derecho a la igualdad y la defensa de toda persona, consiguientemente tiene derecho a participar y ser oída en el proceso, ya que en caso de ser evidente la transferencia realizada y de consolidarse la nulidad de dicho contrato como lo dispuso el Juez A-quo, por los efectos retroactivos que ello implica, lógicamente que se vería afectada en sus intereses y por ende en su patrimonio al tener que restituir el dinero recibido en calidad de pago