Auto Supremo AS/1056/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1056/2016

Fecha: 06-Sep-2016

III.2.- Con relación a la igualdad de las partes procesales

III.2.- Con relación a la igualdad de las partes procesales:
La Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0235/2015-S1 de 26 de febrero, diseño el siguiente razonamiento:

“El art. 119.I de la CPE, establece que: “Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina”; esta disposición se convierte en un derecho exigible para los sujetos procesales