Auto Supremo AS/1056/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1056/2016

Fecha: 06-Sep-2016

III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO

En base a esos argumentos, en sus petitorio concluye solicitando se confirme el Auto de Vista recurrido, declarando en vía complementaria la nulidad de obrados hasta la admisión de la demanda reconvencional por ser evidente la lesión al debido proceso y a los derechos del tercero excluyente.
III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- Respecto al debido proceso:
La Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1072/2013 de 16 de julio, señaló lo siguiente:
“El debido proceso previsto en el art. 115.II de CPE, ha sido entendido por el Tribunal Constitucional, en la SC 2798/2010-R de 10 de diciembre, como: “…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos” (las negrillas añadidas)