Auto Supremo AS/1059/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1059/2016

Fecha: 06-Sep-2016

Corresponde señalar que de acuerdo al contenido de la demanda se tiene que la actora

Corresponde señalar que de acuerdo al contenido de la demanda se tiene que la actora en su demanda en la foja 55, describió haber introducido mejoras en el predio que habita amparado en el art. 129.III y IV del Código Civil, la misma que es reconocida en forma reiterada por los demandados Leonardo Luis Chamby Montoya y Silvia Quique Chambi en fs. 191 a 199 aspecto que tiene la fe probatoria asignada por el art. 404.II del Código de Procedimiento Civil, por lo que corresponde aplicar la regla contenida en el art. 97.I del sustantivo de la materia, pues el poseedor tiene el derecho a que se le indemnice por las mejoras introducidas en el predio, teniendo el derecho de retención de las mejoras entre tanto no se efectivice la indemnización; normativa y postura que por equidad corresponde aplicarse, pues existiendo posesión de la actora sobre las mejoras introducidas, no podría efectivizarse la reivindicación dispuesta