Auto Supremo AS/1059/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1059/2016

Fecha: 06-Sep-2016

De lo expuesto se concluye que para accionar por simulación debe demostrarse la legitimación o

De lo expuesto se concluye que para accionar por simulación debe demostrarse la legitimación o interés legítimo; ahora con relación a la demanda, la postura descrita por la actora señala que con René Romero Ajhuacho, suscribió un contrato de opción a compra sobre el inmueble, esa base fáctica de haber sido demostrada, hubiera acreditado el interés legítimo de la actora para accionar por simulación del contrato de transferencia que impugna, empero de ello, al no estar acreditado tal aspecto, la actora no tiene el interés legítimo en la simulación del contrato que impugna que se hubiera suscrito por Juana Romero Vda. de Zeballos y los compradores Leonardo Luis Chamby Montoya y Silvia Quique Chambi, por lo que el Juez al haber acogido la demanda de simulación de contrato declarando la nulidad de la E.P. N° 505 de fecha 4 de noviembre de 2010, ha obrado en forma incorrecta, aspecto que abarca al criterio del Ad quem que confirmó la Sentencia