“Por otra parte, cuando el hecho constitutivo del delito produce daños o perjuicios generadores de
Con relación a la aplicación de las medidas cautelares de carácter real emergente de proceso penal, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0011/2013 de 03 de enero, en ocasión de someter a análisis de control de constitucionalidad el art. 90 del Código Penal, ha establecido el siguiente razonamiento:
“Por otra parte, cuando el hecho constitutivo del delito produce daños o perjuicios generadores de responsabilidad civil, es posible reclamar otra clase de tutela cautelar, en cuanto en este caso se está garantizando la efectividad del proceso civil acumulado al penal. Basta recordar, a estos efectos, el art. 87 del Código Penal en el que se proclama que 'toda persona responsable penalmente, lo es también civilmente y está obligada a la reparación de los daños materiales y morales causados por el delito'” (lo resaltado nos corresponde)
“Por otra parte, cuando el hecho constitutivo del delito produce daños o perjuicios generadores de responsabilidad civil, es posible reclamar otra clase de tutela cautelar, en cuanto en este caso se está garantizando la efectividad del proceso civil acumulado al penal. Basta recordar, a estos efectos, el art. 87 del Código Penal en el que se proclama que 'toda persona responsable penalmente, lo es también civilmente y está obligada a la reparación de los daños materiales y morales causados por el delito'” (lo resaltado nos corresponde)
- I.- ANTECEDENTES
- En cuanto al segundo requisito, es decir la propiedad de los bienes inmuebles y muebles
- II.1.- Resumen del recurso
- Mediante memorial de fs
- Por otra parte incursiona en los principios que rigen las nulidades procesales citando el Auto
- Por su parte la Fiscalía General del Estado a través del memorial de fs
- III.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con la aclaración que antecede, corresponde asumir conocimiento y resolver la causa venida en apelación
- “Por otra parte, cuando el hecho constitutivo del delito produce daños o perjuicios generadores de
- A efectos de comprender la aplicación de las medidas cautelares, resulta importante precisar sus características,
- Dadas esas características, la adopción de una medida cautelar de carácter real, si bien, restringe
- En el caso presente, el apelante en lo esencial denuncia tres aspectos: 1) Indica que
- Si bien cursa fotocopia simple de la Escritura Pública Nº 23 de fecha 14 de
- Al margen de lo señalado, debe tenerse presente que la anotación preventiva -medida cautelar- conforme
- 2
- La norma legal de referencia que fue modificada por la Ley Nº 007 de 18
- 3
- “De lo expuesto, inferimos que la fundamentación y motivación de una resolución que resuelva cualquier
- POR TANTO
- Regístrese, notifique y cúmplase.
