Auto Supremo AS/0063/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0063/2017

Fecha: 26-Ene-2017

“Por otra parte, cuando el hecho constitutivo del delito produce daños o perjuicios generadores de

Con relación a la aplicación de las medidas cautelares de carácter real emergente de proceso penal, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0011/2013 de 03 de enero, en ocasión de someter a análisis de control de constitucionalidad el art. 90 del Código Penal, ha establecido el siguiente razonamiento:
“Por otra parte, cuando el hecho constitutivo del delito produce daños o perjuicios generadores de responsabilidad civil, es posible reclamar otra clase de tutela cautelar, en cuanto en este caso se está garantizando la efectividad del proceso civil acumulado al penal. Basta recordar, a estos efectos, el art. 87 del Código Penal en el que se proclama que 'toda persona responsable penalmente, lo es también civilmente y está obligada a la reparación de los daños materiales y morales causados por el delito'” (lo resaltado nos corresponde)