Auto Supremo AS/0286/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2017

Fecha: 16-Oct-2017

Así formulado el Recurso de Casación en el fondo, del análisis y revisión de los

Así formulado el Recurso de Casación en el fondo, del análisis y revisión de los antecedentes que cursan en el cuaderno procesal y la consideración de la normativa aplicable al caso, se tiene lo siguiente:
Bajo los fundamentos jurídicos de protección del Trabajador consagrados en los arts. 46.I.II, 48.I.II. IV.VI, 49.III, 50, y 115.I.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y lo establecido en el Código Procesal del Trabajo, los jueces de Trabajo tienen competencia para conocer los procesos laborales, que demanden los trabajadores bolivianos.
II.1.1 Sobre el pago del Subsidio de Frontera.-
Al respecto, es necesario referirnos al texto íntegro del Decreto Supremo mencionado, recordando previamente que mediante DS Nº 20030 de 10 de febrero de 1984, se instituyó el bono de frontera y que luego mediante el DS Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985, se sustituyó este bono con el subsidio de frontera, norma última que en su art. 12 anota: “(Subsidio de frontera). Se sustituyen los bonos de frontera, zona o región, con un (Subsidio de frontera), cuyo monto será el veinte por ciento (20%) del salario mensual. Se beneficiarán con este subsidio, solamente los funcionarios y trabajadores del Sector Público cuyo lugar de trabajo se encuentra dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales. Esta disposición regirá también para las empresas privadas”