Auto Supremo AS/0286/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2017

Fecha: 16-Oct-2017

Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber

Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber incurrido el Tribunal de Alzada en ninguna de las infracciones acusadas por el recurrente, corresponde resolver el recurso extraordinario de casación según lo previsto por los arts. 271.2 y 273 ambos del CPC, aplicables por mandato del art. 252 del CPT