Auto Supremo AS/0775/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Es así que pronunciada la Sentencia, que condenó a la acusada por el delito de




Es así que pronunciada la Sentencia, que condenó a la acusada por el delito de Uso de Instrumento Falsificado y la absolvió de los delitos de Falsedad Material, Ideológica y Falsificación de Sellos y Timbres; la acusadora particular formuló apelación restringida, arguyendo que la acusada fue eximida de responsabilidad, sin que haya existido valoración de la prueba pericial que no fue producida, porque pese a que el perito fue notificado y al no hacerse presente fue excluido como prueba de cargo causándole indefensión, por lo que hubo infracción de los arts. 172 y 173 del CPP, además de una errónea aplicación de la ley sustantiva penal y valoración defectuosa de la prueba, aspecto sobre el cual el Tribunal de alzada además de efectuar una relación de lo acontecido respecto a la falta de producción de la prueba pericial, asumió que la parte apelante no hizo reserva de apelación de manera oportuna y de forma oral, habiendo precluido su derecho, sin embargo manifestó que la carga de la prueba conforme el art. 6 del CPP corresponde a los acusadores, que al no haberse cumplido con el diligenciamiento del perito en término, las audiencias de juicio no podían quedar en suspenso indefinidamente; por consiguiente, la petición de conminatoria debió efectuarse en su debido momento. Adicionalmente sobre una posible sustitución del perito, tampoco fue planteada en audiencia de 15 de agosto de 2016, ni en el memorial de reserva de apelación restringida, consecuentemente extraño cuál era la aplicación que pretendía de los arts. 13, 172 y 173 del CPP, la parte apelante concluyendo que no observó los defectos previstos en el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP, ni vulneración alguna a sus derechos