Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Firmado
Magistrada Relatora Dra. Maritza Suntura Juaniquina
Magistrada Dra. Norka N. Mercado Guzmán
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
- a)Por Sentencia 54/2016 de 25 de agosto (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 366/2017-RA de 22 de mayo,
- I.1.2. Petitorio
- La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 366/2017-RA de 22 de mayo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.2.De la apelación restringida de la entidad acusadora
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó el Auto
- sustitución del perito que no concurra, este aspecto no fue planteado ni en audiencia de
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por las apoderadas del Director General Ejecutivo del SENASIR,
- III.1. Sobre el debido proceso
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
- III.2. Análisis del motivo
- La parte recurrente expresa como agravio que el Auto de Vista vulneró sus derechos al
- Es así que pronunciada la Sentencia, que condenó a la acusada por el delito de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
