Auto Supremo AS/0801/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0801/2017-RRC

Fecha: 20-Oct-2017

acusados y tampoco dicha Sentencia contiene los defectos previstos por el Art


El recurrente sostiene, previa descripción de los tres motivos de apelación referidos a la inobservancia o errónea aplicación de la ley, la valoración defectuosa de la prueba y la falta de fundamentación y motivación de la Sentencia, que el Auto de Vista recurrido, comete falta de fundamentación, es contradictorio e incongruente, debido a que, establece que “la Sentencia aplicó correctamente la norma procedimental y sustantiva a momento de emitir dicha Sentencia, no habiendo evidenciado ninguna vulneración a los derechos y garantías constitucionales de los


acusados y tampoco dicha Sentencia contiene los defectos previstos por el Art. 370 del C.P.P., que pueda acarrear su nulidad, por lo que corresponde declarar la improcedencia de las apelaciones restringidas…” (sic), sin decir cómo el Tribunal de mérito aplicó correctamente la norma procedimental y sustantiva, cómo no se evidenció ninguna vulneración a los derechos y garantías constitucionales y cómo dicha Sentencia no puede acarrear su nulidad, sino sólo de manera genérica refiere aquello, tampoco es claro, siendo contradictorio e incongruente al señalar en la parte resolutiva admisible e improcedentes; es decir, admite todos los fundamentos de la parte recurrente y no fundamenta, contradiciendo los Autos Supremos 342/2006 de 28 de agosto y 319/2012 de 4 de diciembre