Auto Supremo AS/0830/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

a) La Sentencia se basó en valoración defectuosa de la prueba, por cuanto, respecto a


Sonia Magda Valencia León, interpuso impugnación en alzada, cuestionando, entre otros que:

a) La Sentencia se basó en valoración defectuosa de la prueba, por cuanto, respecto a la Conclusión 1 que consta en dicha Resolución, la impugnante asegura que no se demostró que la hija que tuvo Guilux Coca sea la menor MJGT, que hoy esté en poder de Tapia Saldaña, hecho no demostrado y que constituye errónea valoración. Asimismo, no se incorporó prueba alguna que determine que la menor esté registrada o tenga filiación alguna con la familia García Tapia, más aún si de la intervención de la Psicóloga Carola Natty Fuentes, indica que Guilux Coca le había manifestado que la hija que tuvo fue en septiembre del 2007, conforme indica el acta del juicio, lo que genera duda razonable sobre la identidad de la menor