Auto Supremo AS/0830/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

respondido por Tribunal de apelación, se advierte que la recurrente omite explicar mínimamente cuál la


Por último, con relación a la impugnación relativa a que no se habría fundamentado en Sentencia cómo el hecho de que hubiera trabajado en el Hospital tendría coherencia con los hechos acusados, haciendo referencia a su buen comportamiento en su trabajo y que existe contradicción respecto al lugar donde hubiera conocido a la madre de la menor, descrito en el inc. e) del apartado ya citado de este Auto Supremo, lo que no habría sido


respondido por Tribunal de apelación, se advierte que la recurrente omite explicar mínimamente cuál la trascendencia de la aludida omisión en la resolución de su causa, si la respuesta expresa o fundamentada significaría un cambio en la situación jurídica de la imputada, pues debe tenerse presente que de acuerdo a los principios que rigen la nulidades procesales, no existe la nulidad por nulidad, debiendo verificarse en cada caso cuál la relevancia del defecto denunciado por la recurrente, si está dirigida a obtener del Tribunal de apelación una determinación respecto a su buena conducta antes de supuestamente cometer el delito (en referencia a su buena conducta en el trabajo que ejercía en el Hospital) o si está destinada a modificar la relación de hechos establecida por el Tribunal de Sentencia , que pueda dar lugar a su absolución (el lugar donde conoció a la madre de la menor víctima), argumentación jurídica insuficiente que no permite que este Tribunal de casación verifique la existencia de la referida omisión, resultando en este punto infundado