Auto Supremo AS/0830/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

La recurrente refiere que no se valoró la circunstancia que fue a la Defensoría a


La recurrente refiere que no se valoró la circunstancia que fue a la Defensoría a poner en conocimiento que había dejado un bebé y les había referido que regresen cuando aparezca la mamá para hacer un papel. Que la supuesta vulnerabilidad de Guilux Coca no se encuentra demostrada, puesto que, la misma pertenecía a pandillas con problemas con la ley y no se demostraría de qué manera se habría aprovechado de una situación de supuesta vulnerabilidad. Al respecto, afirma que en los casos de “Trata” que afectan a niños, niñas y adolescentes, el Protocolo estipula expresamente que el delito se configura aunque no medie engaño, coacción, fuerza u otros medios prohibidos. Los menores no pueden dar consentimiento a esa conducta, con independencia de que ese consentimiento se obtuviera indebidamente, porque la ley les otorga una condición jurídica especial por su situación de personas vulnerables