Auto Supremo AS/1062/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1062/2017

Fecha: 05-Oct-2017

En cuanto a que en la acción reivindicatoria (art

En cuanto a que en la acción reivindicatoria (art. 1453.I del CC), el propietario que ha perdió la posesión puede reivindicarla de quien la posee o detenta, precepto que establecería que deben concurrir dos elementos que serían: que el derecho propietario se haya perdido y la perdida de la posesión de la cosa; que significaría que no es suficiente demostrar el derecho propietario, sino principalmente que se tenía la posesión de la cosa y haber sido desposeído de la misma y en el caso presente el demandante nunca habría tenido la posesión física de los lotes objeto del litigio, por lo que habrían fallado sin tomar en cuenta la esencia misma de la acción de reivindicación