Auto Supremo AS/1110/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1110/2017

Fecha: 30-Oct-2017

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En el fondo:
Refiere plantear “Recurso de nulidad en el fondo”
1.- El Auto de Vista no tuviera referencia a los aspectos legales y que eso fuera infracción del art. 115.I y II de la C.P.E., al no haber dispuesto nulidad de obrados considera la existencia de infracción a la ley que fuera de orden público, se habría aplicado la ley y otros aspectos que no se entiende como fundamento recursivo. 2.- Reclama por el presunto de no haberse resuelto y otros aspectos confusos. 3.- Dice que se ha infringido la ley pronunciarse en el fondo al no haberse considerado una apelación diferida y el no cumplimiento del art. 17 de la Ley 025, por lo que correspondería anular obrados. 4.- De manera entreverada refiere a interpretación errónea, infracción de leyes sustantivas, la presunta no valoración de sus pretensiones, incumplimiento de verdad material lo cual perjudicaría a su persona con interpretaciones no adecuadas. 5.- Su persona se encontraría agraviada y que se tuviera presente que se señaló en forma expresa la ley con los fundamentos de derecho. Refiere a Jurisprudencia