Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0859/2017-RRC
Fecha: 03-Nov-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
-
Por memoriales presentados el 6 de marzo de 2017, cursantes de fs
-
I.1. Antecedentes
-
I.1.1. Motivos de los recursos de casación
-
I.1.1.1. Del recurso de casación de Kebin Eduardo Sanabria Vallejos
-
documental, señaló en su respuesta que no se indicó de manera clara y concreta, a
-
I.1.1.2. Del recurso de casación de Jorge Justiniano Lima
-
Denuncia que el Auto de Vista señaló que el Tribunal de Sentencia, incurrió en defectuosa
-
I.1.2. Petitorio
-
I.2. Admisión del recurso
-
Mediante Auto Supremo 452/2017-RA de 20 de junio, cursante de fs
-
II.1. De la Sentencia
-
Por Sentencia 28/2015 de 29 de junio, el Tribunal de Sentencia de Concepción del Tribunal
-
Justiniano Lima, tiene denuncia por Abigeato; finalmente, respecto a las pruebas, señala que se había
-
Seguido a este hecho, vuelve a referir lo que habían declarado los imputados en su
-
II.2. De los recursos de apelación restringida
-
considerado el de mérito que los testigos de descargo Maryely Moreno Durant, señaló que su
-
Por su parte, el Ministerio Público, en su recurso de apelación restringida denuncia que la
-
II
-
Por memoriales de 12 de agosto del 2015, de fs
-
B
-
II.4. Del Auto de Vista impugnado
-
Lima, no había realizado una correcta fundamentación descriptiva de los elementos probatorios judicializados e incorporados
-
Refiere que los recurrentes, de manera coincidente denunciaron que la sentencia incurrió en los defectos
-
Por lo que concluye el Tribunal de apelación, que el de mérito, incurrió en errónea
-
III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
-
Conforme lo dispuesto por los arts
-
III.2. Análisis del caso concreto
-
III.2.1.En cuanto al recurso interpuesto por Kevin Eduardo Sanabria Vallejos
-
El Auto Supremo756/2015-RRC-L de 12 de octubre, dictado dentro del proceso penal seguido por el
-
Revisado el Auto de Vista impugnado, se establece que el Tribunal de apelación, hizo referencia
-
Al respecto, corresponde acudir a lo previsto por el art
-
Lo que implica, que en el memorial de contestación, no existe una pretensión separada o
-
En virtud de este principio de legalidad, los Tribunales del alzada asumen competencia funcional, únicamente
-
El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
-
Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum
-
En el caso de autos, el coimputado hoy recurrente, refiere que el Tribunal de apelación,
-
Bajo los argumentos expuestos, queda claro que no se puede acusar de incongruencia omisiva, la
-
Debe añadirse que, de la revisión del Auto de Vista, se establece que el Tribunal
-
III.2.2. Respecto al recurso de casación interpuesto por Jorge Justiniano Lima
-
El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, al establecer la supuesta defectuosa valoración de
-
Por otra parte, el imputado invocó el Auto Supremo 534/2015 de 24 de agosto, que
-
Situación fáctica diferente a la denunciada en el caso de autos, por el cual, denuncia
-
De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Otros enlaces de interés: