Auto Supremo AS/0893/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0893/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

Con relación al reclamo en sentido de que el Tribunal de Sentencia que lo condenó,


II.5. Del Auto de Vista impugnado.

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista impugnado, que declaró improcedente


el recurso planteado por el imputado y confirmó la Sentencia apelada, bajo los siguientes argumentos vinculados a los motivos de casación:

Con relación al reclamo en sentido de que el Tribunal de Sentencia que lo condenó, no resultaría ser competente al habérsele condenado por la comisión del delito de Daño Simple, que por el quantum de la pena correspondía su conocimiento por parte de un Juez de Sentencia; manifestó que tal cual se tiene previsto en el art. 329 del CPP, el juicio como fase esencial del proceso, se realizará sobre la base de la acusación, teniéndose presente que en el caso se presentaron acusaciones por la presunta comisión del delito de Robo, que tiene previsto como sanción de privación de libertad de uno a cinco años; por consiguiente, corresponde su conocimiento por un Tribunal de sentencia, ello en estricta aplicación del art. 52 del CPP, independientemente que en la aplicación del principio iura novit curia y en base a una valoración de las pruebas, este haya determinado condenarlo por la comisión de un delito menor dentro de la misma familia de delitos contra la propiedad, tutelados en el mismo título del código penal sustantivo, concluyendo que carece de mérito la apelación respecto a este punto