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    Auto Supremo AS/0912/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0912/2017-RRC

    Fecha: 20-Nov-2017

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    • Por memorial presentado el 30 de marzo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 509/2017-RA de 12 de julio,
    • El Tribunal de alzada, no cumplió a cabalidad su deber de controlar que la Sentencia
    • alzada; y además, los impetrantes afirman que se sustentó la configuración del delito endilgado debido
    • Asimismo, señalan que la Sentencia no es completa porque omitió la exposición de los motivos
    • Respecto de la temática planteada, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26
    • El Tribunal de apelación omitió analizar la vulneración de las reglas de la sana critica,
    • I.1.2. Petitorio
    • Los recurrentes solicitan que resolviendo en el fondo se deje sin efecto el Auto de
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • a)En base a los hechos no probados se estableció la absolución de los imputados debido
    • II.2. De la apelación restringida
    • 1)El Auto de Vista incurrió en falta de fundamentación inobservando el art
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró sin lugar el
    • b)Sobre las reglas de la lógica y la supuesta defectuosa valoración de la prueba; señala
    • apoderase de bienes ajenos; por lo que se advirtió que no existió vulneración de las
    • En el presente recurso de casación, el recurrente denunció: 1) El Auto de Vista incurrió
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • El art
    • formulado claramente y en el momento procesal oportuno; iii) Que se traten de pretensiones en
    • Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
    • Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
    • Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Con relación al primer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista incurrió
    • La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
    • La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
    • La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
    • a) Expresa : Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos,
    • c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
    • Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
    • La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
    • d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
    • También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
    • Al respecto, señala Maier: "
    • e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • Por otro lado ocurre lo contrario con el Auto Supremo 308 de 25 de agosto
    • Nuestro ordenamiento penal acoge el sistema de la Sana Crítica, pretendiendo explicar que sus contenidos
    • La máxima expresión del sistema emerge del juicio de mérito y se traduce en la
    • que traduzca, de manera objetiva, el valor asignado a cada elemento de la misma y
    • Este control, en consecuencia, debe incluir la verificación de la correcta motivación de las sentencias
    • Por lo referido corresponde ingresar al análisis respecto de que el Auto de Vista incurrió
    • Con relación a la supuesta defectuosa valoración de la prueba por inobservancia da la aplicación
    • Es por esos motivos que se advierte que el Auto de Vista se encuentra debidamente
    • Con relación al segundo punto, en el que señala que el Auto de Vista no
    • Con relación al primer aspecto denunciado: “La lesión de las reglas de la sana crítica
    • Con relación al denuncia de que no ingresó al análisis del motivo apelado fundado en
    • Respecto de que el Auto de Vista no verificó respecto que se quebrantó el principio
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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