Auto Supremo AS/1156/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2017

Fecha: 01-Nov-2017

En relación a lo anterior, la doctrina y la uniforme jurisprudencia, han establecido que la

En relación a lo anterior, la doctrina y la uniforme jurisprudencia, han establecido que la valoración de la prueba en general compete privativamente a los Jueces de grado, siendo soberanos en su valoración para decidir la causa tomando en cuenta las pruebas esenciales y decisivas, tal como se infiere del artículo 1286 del Código Civil y artículo 145 del Código Procesal Civil, valoración del A quo que el Tribunal de alzada, en el marco de los agravios deducidos en la apelación puede revisar, para confirmar o concluir de manera distinta al Juez de primera instancia, como en el caso presente que resolvió por Revocar la decisión asumida por el Juez A quo