Auto Supremo AS/1156/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2017

Fecha: 01-Nov-2017

La recurrente señaló que el Auto de Vista hace una fundamentación señalando que el Tribunal

La recurrente señaló que el Auto de Vista hace una fundamentación señalando que el Tribunal de Alzada tiene competencia para resolver los puntos resueltos y los agravios sufridos conforme establece el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, es decir que pese a que existe una orden de aplicar las disposiciones del Código Procesal Civil, y al haber fundado el Tribunal de Alzada fundado su resolución en una norma abrogada lo que constituye violación a la seguridad jurídica, máxime si consideramos que precisamente esta resolución halla su fundamentación en una norma que ya no tiene vigencia