Auto Supremo AS/1156/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Tal como se tiene afirmado en el punto anterior a fs

Tal como se tiene afirmado en el punto anterior a fs. 163-338 de obrados (prueba documental), con valor probatorio del art. 1287 del CC., se colige que la demandada no tiene registrado su firma en la lista de asistencia a las reuniones del barrio, de donde se establece que ella, nunca ha vivido en el barrio, menos en el inmueble objeto de Litis, empero el Juez de la causa no toma en cuenta esa situación, se limita a guardar silencio y no valora dichos instrumentos