Auto Supremo AS/1156/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Refirió que el Tribunal de Alzada realiza una apreciación de la prueba, presumiendo que la

Refirió que el Tribunal de Alzada realiza una apreciación de la prueba, presumiendo que la demandada no vivía en el predio objeto de la Litis, pese a que existe prueba testifical, es más se señala que no es correcto dar más valor a la prueba testifical que a la prueba documental cuando la reina de la prueba es la documental aspecto este que es contrario a la jurisprudencia y doctrina que de manera clara establece que la reina de la prueba es precisamente la testifical