Auto Supremo AS/1156/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2017

Fecha: 01-Nov-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Distrito: Pando.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Magdalena Tacaná Suárez, cursante de fs. 484 a 485 vta., en contra del Auto de Vista Nº 283/2016 de 27 de septiembre, que cursa de fs. 479 a 481, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño, Adolescente y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en el proceso Ordinario de Reivindicación seguido por Lizeth Neiza Calle Gonzáles contra Magdalena Tacaná Suárez, la contestación al recurso de casación de fs.489 a 491, la concesión de fs. 492 el Auto de admisión de fs. 498 a 499 y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Púbico en materia Civil y Comercial Primero de la ciudad de Pando, dictó la Sentencia Nº 027/2016 de 18 de julio, cursante de fs. 445 a 449, declarando improbada la demanda e improbadas las excepciones, ambas interpuestas por Lizeth Neiza Calle Gonzáles y probada la demanda reconvencional de usucapión deducida por Magdalena Tacaná Suárez en su mérito declara el derecho propietario por efectos de usucapión en favor de Magdalena Tacaná Suárez sobre el 50% del inmueble registrado bajo la matrícula del folio real 9.01.1.01.0013514 y Código Catastral 05198005. Porcentaje que se encuentra claramente identificado en el plano topográfico de fojas ciento veinte del expediente; en base a cuyos datos se hará la respectiva división y registro, ordenándose al Registro de Derechos Reales y al Gobierno Municipal de Cobija proceder al registro del inmueble en favor de Magdalena Tacaná Suárez.
Resolución que fue apelada por Guillermo Torres López en representación de Lizeth Neiza Calle Gonzales