Auto Supremo AS/1156/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Que, el Tribunal de Apelación realiza una valoración de prueba que no existe motivo, toda

Que, el Tribunal de Apelación realiza una valoración de prueba que no existe motivo, toda vez que la parte apelante no ha demostrado o fundamentado agravio alguno respecto a la resolución emitida en primera instancia, es más de manera oficiosa el tribunal de alzada realiza esta valoración de la prueba que no existe motivo violando el art. 145 par. III de la Ley 439