Afirma que el D
Afirma que el D.S. N° 23215 Reglamento para el ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría en concordancia con los arts. 42-b) y 43 de la Ley N° 1178 señala que el sistema de Control Gubernamental interno de cada entidad pública, a través del control y auditoria interna, tienen por objeto promover y proteger los recursos contra fraudes y errores y, en esta virtud, el SENASIR tiene obligación de revisión a efectos de determinar daño económico. Que, el Estado debe promover una renta vitalicia de vejez en el marco del sistema de seguridad social y de acuerdo a ley (art. 67 CPE)
- Contra la mencionada Resolución, Grover Callpa planteó Recurso de Reclamación (fs
- Notificado con la Resolución aludida, Grover Callpa interpuso Recurso de Apelación (fs
- La mencionada Resolución, motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
- Que, la Resolución de la Comisión de Reclamación consideró la aplicación del art
- Afirma que el D
- Con ese epígrafe reitera los fundamentos antes expuestos y denuncia la violación de los arts
- Identifica también como violado el D
- II.1. Respuesta al recurso.- Grover Callpa, con memorial de fs. 241, responde al recurso señalando
- Por su parte el art
- En ese marco normativo, de la revisión de los antecedentes remitidos en Casación se constata
- Asimismo, luego de reconocer que efectivamente el SERECI La Paz certificó que existen tres
- En concordancia, el art
- A lo puntualizado, se añaden la SCP 0280/2012 de 4 de junio, que en relación
- Partiendo de este entendimiento, se concluye
- 2
- Por los argumentos expuestos y reconocida como queda la facultad del SENASIR para la revisión
- Concluyéndose, por el fundamento expuesto, que el Auto de Vista recurrido efectuó interpretación cabal de
- Firmado
